PHOENIX — Nota del editor: El video de arriba es una parte de la entrevista con el abogado de inmigración, abajo encontrará la entrevista completa.
El Departamento de Seguridad Nacional anunció el lunes por la noche algunos cambios relacionados con el programa DACA. Un abogado de inmigración explica lo que esos cambios significan para los beneficiarios del programa y los nuevos solicitantes.
El 15 de agosto del 2012 se empezaron a aceptar solicitudes para el programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia mejor conocido como DACA (Defered Action for Childhood Arrivals) por sus siglas en inglés. Programa que protege a inmigrantes que llegaron a Estados Unidos antes de tener 15 años y que cumplen ciertos requisitos del programa.
El 5 de septiembre del 2017, la administración Trump decidió cancelar el programa, pero en junio la corte falló a favor de los “Dreamers”, permitiendo que el programa siguiera en vigor.
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Durante los años en corte, no se estuvieron recibiendo nuevas solicitudes y las renovaciones fueron de dos años a uno.
El viernes de la semana pasada, un juez federal de Nueva York ordenó al Departamento de Seguridad Nacional que publicara un anuncio de que empezaría a recibir solicitudes de primera instancia de nuevo.
Mediante un Facebook live con el abogado de inmigración, Yasser Sánchez, nos dijo que además de que inmigración empieza a recibir nuevas solicitudes, “de este momento en adelante los beneficios serían por dos años” ya que se habían limitado las renovaciones a un año en lugar de dos, como eran originalmente.
Otro de los cambios es que los beneficiarios de DACA pueden salir del país.
“Los soñadores pueden viajar por cuestiones de salud, si tienen que ir al médico. Por cuestiones de trabajo, si tiene una conferencia fuera del país. Si tienen una emergencia”, explicó Sánchez. Agregó que los tramites para salir pueden variar en procesarse alrededor de tres meses, en caso de emergencia, hasta una semana.
Los nuevos solicitantes de DACA deben llenar varios requisitos, entre ellos:
- Haber llegado a Estados Unidos antes de los 15 años de edad
- Haber entrado a Estados Unidos antes del 15 de junio del 2007
- Haber estado en Estados Unidos el 15 de junio del 2012
- Tener comprobantes de cada año de su estancia en el país
- Comprobantes de impuestos
- Recibos de renta, agua, luz, gas, etc.
- Récords certificados de escuelas
- Cartilla de vacunación de los hijos
- No tener antecedentes penales
- Haber terminado la preparatoria
- Menos de 31 años antes 2012
“Vamos a seguir luchando por que esto se haga un beneficio permanente. Que en un futuro a los soñadores se les pueda dar directamente la residencia”, mencionó el abogado.
Para evitar algún tipo de fraude o no hacer el proceso adecuadamente, Sánchez dice recomienda que “verifique que la persona con la que está trabajando si es un abogado porque preparadores de documentos no tienen forma de corregir si le rechazan su caso. Que sean abogados nada más de inmigración. Y que tengan experiencia, que chequen que dicen sus clientes sobre su trabajo para que sea una persona que sepa si se puede o no”.